¿Si decido firmar las facturas utilizando un certificado digital puedo utilizar el expedido por la DIAN?
No, es un certificado diferente al expedido por la DIAN el que se utilizará como mecanismo técnico de control fiscal, para garantizar autenticidad e integridad. La firma con certificado digital del formato estándar de generación XML debe ser del obligado a facturar electrónicamente o de los sujetos autorizados en su empresa o al proveedor tecnológico cuando sea expresamente autorizado por el obligado. El actual mecanismo de firma digital de la DIAN no podrá ser usado para la firma de las facturas electrónicas por ser expedido por entidad certificadora cerrada; para el caso de las facturas se requiere uno expedido por una entidad de certificación abierta.
¿Deben ser firmadas el 100% de las facturas electrónicas emitidas por un obligado?
Sí, deben ser firmadas el 100% de las facturas como mecanismo técnico de control fiscal, para garantizar autenticidad, integridad y no repudio
¿El obligado a facturar debe disponer de una persona para que firme cada una de las facturas que emita?
Sí, el obligado a facturar debe establecer cuál o cuales personas se encargarán de la firma de las facturas.
¿La firma electrónica o digital es exclusiva para la firma de los documentos relacionados con la facturación electrónica?
La firma electrónica o digital que se utilice para la firma de los documentos relacionados con la facturación electrónica, tiene los mimos alcances probatorios de la firma autógrafa, y por ello puede ser utilizada por su poseedor para la suscripción de cualquier documento electrónico que lo requiera.
FUENTE: DIAN-Proyectos impulso y masificaciones de la factura electrónica de preguntas frecuentes 5 de mayo de 2017.