Según el artículo 3 del Decreto 2242 de 2015 las condiciones mínimas que debe cumplir una factura electrónica son las siguientes:
a. Utilizar el formato electrónico de generación XML estándar establecido por la DIAN.
b. Llevar numeración consecutiva autorizada por la DIAN.
c. Cumplir requisitos aplicables del artículo 617, y específicos del 512-9 y 512-11 ET. d. Incluir firma digital o electrónica que garantice autenticidad e integridad, de acuerdo con la política de firma definida por la DIAN.
e. Incluir el Código Único de Factura Electrónica.
Qué características tiene el formato estándar de factura electrónica establecido por la DIAN.
El formato estándar de factura electrónico establecido por la DIAN está estructurado en XML, usando el estándar UBL V2.
Facilita el intercambio de información entre sistemas que utilizan diversas tecnologías, de forma confiable y segura.
Permite la incorporación de mecanismos técnicos de control, como la firma electrónica o digital.
El formato XML de la factura electrónica contiene la información que actualmente por norma debe contener cualquier factura que se utilizan en el proceso de comercio normal, con la posibilidad de incluir información adicional por parte de los obligados a facturar, de acuerdo con el tipo de operación o sector de comercio y sus necesidades.
FUENTE: DIAN-Proyectos impulso y masificaciones de la factura electrónica de preguntas frecuentes 5 de mayo de 2017.