De acuerdo con el artículo 12 del Decreto 2242 de 2015 los requisitos para obtener una autorización como proveedor tecnológico de facturación electrónica, son los siguientes:
1. Estar habilitado como facturador electrónico
2. Tener el RUT vigente y actualizado
3. Ser responsable del impuesto sobre las ventas y pertenecer al régimen común.
4. Certificación en la norma ISO 27001 o manifestar el compromiso para aportarla dentro de los dos años siguientes a la fecha de notificación de la autorización como proveedor.
5. Patrimonio líquido igual o superior a veinte mil (20.000) UVT. Activos fijos como minimo que correspondan a (10.000 UVT) .
6. Cumplir las condiciones de operatividad tecnológica que señale la DIAN.
¿Cuánto es el tiempo que dispone la DIAN para responder una solicitud de autorización para un proveedor tecnológico de servicios de factura electrónica?
Según el artículo 12 del Decreto 2242 de 2015 luego de haber sido presentada la solicitud con todos los requisitos establecidos, la DIAN dispone de 2 meses para resolverla.
¿Un interesado en ser proveedor tecnológico que no tenga la acreditación en la norma ISO 27001 puede ser autorizado por la DIAN?
Según el artículo 12 del Decreto 2242 de 2015, por la ausencia de la acreditación en la norma ISO 27001 no será rechazada su solicitud; en este caso, el solicitante dispone de 2 años contados a partir de la fecha de notificación de la resolución de autorización, para acreditar el cumplimiento de este requisito. Para ello, deberá firmar carta de intención, en la cual se compromete a adjuntar la acreditación en el plazo máximo mencionado.