Para este caso el artículo 11 del Decreto 2242 de 2015, establece que el mandatario deberá igualmente surtir el proceso de habilitación.
¿La habilitación se realiza por una única vez o debe actualizarse en algún evento?
El proceso de habilitación deberá realizarse nuevamente en los siguientes eventos:
a) Cambio de proveedor tecnológico.
b) Cambio de la solución tecnológica.
c) Por cancelación de la autorización al proveedor tecnológico realizada por la DIAN